Portafolio Personal de Desempeño

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Los conceptos previos para la materia de legislación de medios, los adquirí en la secundaria, al parecer fueron débiles puesto que me dieron unos elementos teóricos tratados muy superficialmente.

Con relación a las temáticas desarrolladas en la materia, surge la necesidad de vincular la ley y la ética, y su papel fundamental en la profesión de comunicación social para no hacer daños a los individuos ni a la sociedad.

Las dificultades presentadas se encuentran al interpretar la norma y al comparar algunas vivencias de algunas personas frente a casos similares que conducen a otros procedimientos y sentencias, en todos los casos el docente ha escuchado y resuelto las inquietudes formuladas por los estudiantes.

Creo que una de las finalidades de materias como esta, es ofrecer bases, que permitan al estudiante de Comunicación Social entender una noticia de política y tener claridad del punto límite del periodista. Pienso que esto es un avance importante.

Opino que en el curso de legislación de medios, se han aclarado muchos conceptos relacionados con la profesión de comunicación social, que muchas veces no se encuentran en otras materias de la carrera.

A continuación se hará una síntesis de los conceptos principales estudiados durante el curso:

· Concepto de derecho y su diferencia de la moral; partiendo de una definición básica del derecho como: conjunto de normas creada por el estado, que se divide en derecho público, constituido por el derecho constitucional, el derecho administrativo, el derecho financiero, el derecho procesal y el derecho laboral; y por otro lado el derecho privado que está conformado por el derecho civil, el derecho comercial y el derecho de familia

· Fuentes formales del derecho: la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho

· Se trataron conceptos como: el habeas data, la diferencia entre intimidad y privacidad, la primera se refiere a las convicciones del individuo y la segunda al espacio que tiene el individuo en su soledad; el honor, concepto que cada persona tiene de sí mismo; la honra, concepto que los demás se forman de una persona y el buen nombre hace parte de lo público, de lo social, relacionándose con las empresas.

· La clausula de conciencia, es para el periodista, la posibilidad de abstenerse de cubrir una noticia, porque su ética no se lo permite, sin ser despedido del medio de comunicación, lastimosamente en un país como Colombia no existe y por ello los comunicadores muchas veces pasan por encima de su ética y de los demás para conservar su sustento. Y la rectificación es la oportunidad que tiene el medio de comunicación para redimirse por una información falsa o que provoque daño o viole algún derecho fundamental; la rectificación muchas veces se impone por medio de la acción de tutela.

· Características del espectro electromagnético como bien público, inajenable, imprescriptible e inembargable, se encuentra en una franja alrededor de la tierra y la órbita geoestacionario, recurso natural, único y escaso que sirve para los servicios de telecomunicaciones, solo se encuentra en el continente americano en Colombia, Ecuador y Brasil; africano en Gabón, Congo, Zaire, Uganda, Kenya y Somalia; y en Asia sólo se encuentra en Indonesia.

· El periodismo noticioso, se refiere a la redacción de la información, el conceptual a la opinión y el grafico trata de la expresión opiniones por medio de dibujos.

· La televisión como servicio público que tiene la función de educar, informar y entretener; los tipos de televisión se clasifican según la tecnología principal de transmisión, según los usuarios de servicio, según la orientación general de la programación y según los niveles de cubrimiento del servicio

· Se estudió el documento sobre la responsabilidad penal por el ejercicio de la profesión del periodismo y la comunicación, donde aparece delitos contra la inviolabilidad de habitación, intimidad, reserva, interceptación y la libertad de trabajo; delitos contra la integridad moral; delitos contra la eficaz y recta impartición de justicia y delitos contra los derechos de autor.

Finalmente, el grupo profundiza en el tema de derechos de autor.


Mabel Gisela Olarte Castañeda

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